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Aprobada Ley de Incentivos al Turismo

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Tegucigalpa – El Congreso Nacional aprobó este jueves en tercer y último debate la totalidad de los 27 artículos de la Ley de Incentivos al Turismo, en la que se plantea como meta un crecimiento de la industria sin chimeneas de un cinco por ciento y la creación de 250 mil nuevos puestos de trabajo en los próximos años.

En ese sentido, se aprobaron aspectos como los requisitos para las personas naturales y jurídicas que deseen acceder a los beneficios de la ley; los beneficios de la ley que incluyen entre otros aspectos, la exoneración del pago del Impuesto Sobre la Renta, impuesto al activo neto y aportación solidaria y sus conexos por un período de 15 años.

Asimismo, la exoneración del Impuesto Sobre la Renta, exoneración del pago del Impuesto Sobre Ventas en las compras locales de bienes y servicios ligados directamente con la construcción, renovación o restauración, nueva infraestructura, inversiones complementarias o nuevas inversiones en la actividad turística calificada por el Instituto Hondureño de Turismo (IHT) por un período improrrogable de 10 años.

También se aprobaron las obligaciones para las personas naturales o jurídicas que desarrollen proyectos al amparo de esta ley, incentivos a la inversión mediante un Acuerdo de Estabilidad Fiscal, portafolio de proyectos para todo el país, disposiciones en materia de permisos e impuestos municipales, incentivos para la inversión en proyectos, visas turísticas y de inversión y la creación del Fondo de Inversión, Promoción y Fomento del Turismo (Fitur), su patrimonio, estructura de gobierno y su propósito, en la discusión se aprobó por unanimidad la eliminación del artículo 16 de la ley.

Se aprobó igualmente lo relacionado a que los inmuebles destinados al desarrollo de un proyecto turístico pueden sujetarse al procedimiento establecido en la Ley para la Promoción y Protección de Inversiones, registro especial y constitución de fideicomisos, régimen de sanciones, ordenamiento territorial, retención y entero de la Tasa Turística y el cabotaje de líneas aéreas, sin embargo, este último aspecto contenido en el artículo 24 fue eliminado.

En la aprobación se introdujo un artículo nuevo que establece que todos los incentivos y beneficios otorgados a los proyectos al amparo de la presente ley serán improrrogables. Asimismo, se derogan una serie de decretos y acuerdos.

La tramitación de los beneficios que mantengan sujetos pasivos que se acogieron a cualquier régimen de turismo que se deroga en la actual ley, pasarán a la Secretaría de Finanzas con la asistencia del Instituto Hondureño de Turismo y la Comisión Administradora de la Zona Turística de las Islas de la Bahía (Zolitur), conforme a los mandatos dispuestos en el Código Tributario, la Ley de Responsabilidad Fiscal y la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión y demás marco legal vigente aplicable; respetándose los derechos adquiridos bajo legislaciones anteriores.

Se aprobó igualmente la reglamentación y un artículo nuevo transitorio donde se decreta amnistía hasta por el termino de seis meses en el pago de multas, intereses, y otras cargas a los proyectos turísticos actualmente en operación que no hayan obtenido su licencia ambiental y renovación de la misma, y/o informe de cumplimiento de medidas ambientales (ICMAS), ante la Secretaria de Energía, Recursos Naturales, Minas y Ambiente (Mi Ambiente).

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