México - La izquierda mexicana tiene que decidir si pedir la nulidad o la invalidez de los recientes comicios presidenciales, o ambas medidas a la vez, con diferente fundamento jurídico pero en todo caso se busca la convocatoria de elecciones extraordinarias, explicaron hoy fuentes de esa alianza.
"Se pueden pedir las dos vías (la invalidez o la
nulidad)", explicó el abogado Jaime Cárdenas, del equipo legal de la
alianza de los tres partidos de izquierda que presentó como candidato
presidencial a López Obrador.
"Es una diferencia conceptual, pero el efecto es el
mismo: se convocan elecciones extraordinarias", agregó.
López Obrador anunció hoy en una rueda de prensa que el
próximo jueves la alianza que lo presentó como candidato en los comicios del 1
de julio decidirá sobre "dos vías, la nulidad y la invalidez de la
elección", aunque no precisó las diferencias entre ambas medidas.
"Vamos a presentar las pruebas el jueves, y vamos a
definir el tipo de juicio que se va a interponer", agregó.
Cárdenas explicó que la nulidad o la invalidez de los
comicios no son excluyentes, y puede darse el caso de que la izquierda pida las
dos a la vez.
El abogado agregó que la invalidez está sustentada en el
artículo 41 de la Constitución mexicana, ya que allí se establece la
"certeza, la legalidad y la equidad" del proceso electoral.
Ese artículo de la Constitución establece que "la
renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo se realizará mediante
elecciones libres, auténticas y periódicas", de acuerdo con una serie de
bases establecidas en la carta magna.
Entre esas bases se encuentran el hecho de que los partidos
políticos "cuenten de manera equitativa con elementos para llevar a cabo
sus actividades".
También establece que el órgano rector del proceso electoral
se debe regir por "la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y
objetividad".
La Constitución, en el mismo artículo, fija la forma de
determinar los límites para la financiación pública de los partidos y de los
aportes privados.
También establece que los grupos políticos "tendrán
derecho al uso de manera permanente de los medios de comunicación social",
y la forma de fijar las distintas cuotas que tienen los partidos.
La izquierda mexicana ha denunciado lo que califica como una
"compra masiva" de votos que puede haber involucrado cinco millones
de sufragios, muy por encima de los 3,4 millones de votos que separaron al candidato
del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Enrique Peña Nieto, de López
Obrador, de acuerdo con los resultados finales.
También ha denunciado que Peña y su equipo se excedieron en
los gastos de campaña, que el candidato del PRI tuvo un trato favorable en los
medios de comunicación y, además, sostiene que las encuestas que le daban como
claro favorito pudieron influir en la voluntad popular de los electores.
El artículo de la Constitución mencionado por Cárdenas
también define que para garantizar los "principios de constitucionalidad y
legalidad de los actos y resoluciones electorales se establecerá un sistema de
medios de impugnación", que está recogido en una ley que fue reformada el
1 de julio del 2008.
Ésa es la otra vía en la que la izquierda se amparará para
pedir, en este caso, la nulidad de los comicios, agregó Cárdenas.
La mencionada ley de sistema de medios de impugnación en
materia electoral establece en su artículo 77 bis la posibilidad de anular las
elecciones presidenciales de acuerdo con tres condiciones.
Dos de ellas no se cumplen, porque determinan que los
comicios serán anulados cuando en el territorio mexicano no se haya instalado
el 25 % o más de las mesas de votación, o porque el candidato ganador
"resulte inelegible".
Pero Cárdenas dijo que sí se podrían amparar en el primer
requisito: que en el 25 por ciento o más de las mesas electorales instaladas se
acredite que no se cumplieron con una serie de condiciones previstas en esa
misma ley.
Y destacó entre esas condiciones el apartado k del artículo
75 de la misma ley de impugnación, que dice textualmente: "Existir
irregularidades graves, plenamente acreditadas y no reparables durante la
jornada electoral o en las actas de escrutinio y cómputo que, en forma evidente,
pongan en duda la certeza de la votación y sean determinantes para el resultado
de la misma".
"Si logramos demostrar que (esas irregularidades)
afectaron al 25 por ciento de las casillas (mesas de votación), podríamos pedir
la impugnación", añadió.
Según Cárdenas, la legislación electoral mexicana establece
que una convocatoria de elecciones extraordinarias se tendría que hacer
"45 días después de que concluya el proceso electoral", aunque
"no hay mucha precisión en la ley".
"Tendría que haber elecciones antes del mes de
diciembre", agregó Cárdenas, refiriéndose al plazo fijado para que asuma
el nuevo gobernante después de que sea declarado presidente electo antes del 6
de septiembre, una vez se revisen todas las impugnaciones.
Unido a ello, Cárdenas añadió que la alianza que presentó a
López Obrador sigue trabajando en la revisión de las actas de votación, que
llevaron a la proclamación de los resultados finales, al haber detectado que
han encontrado irregularidades en un número no determinado de esos documentos.